Problema que resuelve
Reduce exposición y crea evidencia de organización, control y respuesta mediante un sistema proporcional al negocio y sus riesgos.
Prevención y respuesta corporativa
Sistemas de prevención penal diseñados desde la operación real.
Solicitar evaluación confidencialReduce exposición y crea evidencia de organización, control y respuesta mediante un sistema proporcional al negocio y sus riesgos.
Al profesionalizar controles, entrar a nuevos mercados, atender exigencias de terceros o corregir vulnerabilidades antes de una crisis.
Alcance técnico
Compliance penal en México
El artículo 421 del Código Nacional de Procedimientos Penales permite atribuir responsabilidad a una persona moral por conductas realizadas en su nombre, por su cuenta, en su beneficio o por falta de debido control. Un programa penal busca responder técnicamente a ese riesgo.
Es un modelo interno de organización y gestión. Integra políticas, procedimientos, controles, supervisión y mecanismos de reacción para prevenir y gestionar incumplimientos.
Es la vertiente especializada en riesgos delictivos. Busca prevenir conductas atribuibles a la empresa y demostrar que existió un control organizacional razonable y efectivo.
Un sistema propio, proporcional a su operación y capaz de demostrar que los controles funcionan.
Identificar conductas y delitos plausibles según el giro, la operación, el sector, las decisiones y las relaciones de la empresa.
Examinar el artículo 11 Bis del Código Penal Federal y los regímenes locales aplicables, incluido el artículo 27 Bis de la Ciudad de México cuando corresponda.
Definir funciones, cadenas de decisión, presupuesto, responsables independientes y controles sobre los procesos críticos.
Convertir el diagnóstico en manuales, políticas y procedimientos claros, conocidos, exigibles y adaptados a la organización.
Instalar canales confidenciales, tratamiento documentado de reportes e investigaciones internas respetuosas de derechos.
Formar por funciones y riesgos, además de establecer consecuencias internas previamente definidas y jurídicamente válidas.
Documentar evaluaciones, decisiones, controles, reportes, investigaciones, correcciones y revisiones periódicas.
Producir evidencia útil para acreditar control debido y debilitar o excluir un defecto organizacional en un proceso penal.
Marco de referencia: artículo 421 del Código Nacional de Procedimientos Penales, artículo 11 Bis del Código Penal Federal y legislación penal local aplicable. El diseño definitivo depende de la actividad, estructura y exposición concreta de cada organización.
Forma de trabajo
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